Azua, Rep. Dom.- La dirección del El Comité Municipal del Partido de la
Liberación Dominicana PLD y su bloque de regidores en el municipio
cabecera denunciaron el intento de violación de violación a la Ley no.
176-07 del Distrito Nacional y Los Municipios, en su artículo 154 sobre
la figura del Contralor Municipal y los procedimientos para su
designación en el Ayuntamiento Municipal de Azua.
Compartimos a continúan la comunicación integra emanada por el órgano política.
*PARTIDO DE LA LIBERACION DOMINICANA*
*_Comité Municipal 19 de Marzo Azua_*
Azua de Compostela, Rep. Dom.
Lunes 11 de mayo del 2020
*_COMUNICADO A LA OPINION PUBLICA_*
El Comité Municipal 19 de Marzo Azua del Partido de la Liberación
Dominicana y el Bloque de Regidores del PLD del Municipio de Azua, hacen
de público conocimiento a toda la comunidad, el intento de violación a
la Ley no. 176-07 del Distrito Nacional y Los Municipios, en su artículo
154 sobre la figura del Contralor Municipal y los procedimientos para
su designación en el Ayuntamiento Municipal de Azua.
Hacemos constar quien ostenta esta posición participo en un concurso de
oposición para ocupar en esta posición en el Ayuntamiento Municipal de
Azua en el periodo 2006-2010, por lo que este funcionario, sus derechos
están amparado en la Ley no. 41-08 sobre Función Pública, en la cual su
remoción o sustitución “ha de producirse solo si este cometiese una
falta grave”.
Por su lado, recordamos que tal como estípula la Ley no. 176-07 del
Distrito Nacional y Los Municipios en los artículo 52 del Concejo de
Regidores literal t “Nombrar y Supervisar al Contralor Municipal” y el
artículo no. 154 Del Contralor Municipal el cual establece tácitamente
lo siguiente “El Concejo Municipal designará el CONTRALOR MUNICIPAL
MEDIANTE CONCURSO PUBLICO”, es decir que este funcionario municipal no
está sujeto a la recomendación o sugerencia del ejecutivo municipal o
Alcalde.
Por su lado el Bloque de Regidores del PRM, en actitud complaciente y en
franco desconocimiento y violación a lo referido en la Ley no. 176-07,
convocan a sesión de dicho concejo a los fines de producir la
cancelación, sustitución o remoción del actual contralor municipal,
sirviendo como sello gomígrafo al Alcalde y violentando los
procedimientos y normas dispuesta para la designación de este
funcionario que una de sus principales funciones es la de servir de
AUDITOR INTERNO de la Administración Local, al mismo la violación de la
resolución no.06-2020 que establece “Se prohíbe la destitución y la
apertura de procesos disciplinarios de servidores publicos de los entes y
órganos de la Administración Pública mientras continúe el Estado de
Emergencia decretado por el Poder Ejecutivo”.
Hacemos notar este funcionario municipal, el cual pertenece a la carrera
administrativa, en donde el mismo fue designado mediante concurso
público, en la gestión municipal correspondiente al periodo 2006-2010
del ex-sindico Víctor Milcíades Soto y respetada durante el período de
la administración de las actuales autoridades salientes del Partido de
la Liberación Dominicana, haciendo constar que a dicho se le respeto su
afiliación política, pero se resalto su responsabilidad, capacidad
profesional y aptitudes en el desempeño de sus funciones.
Desde el momento de la toma de posesión de las nuevas autoridades
observamos con asombro como las designaciones de los principales nuevos
funcionarios municipales tienen una vinculación familiar muy cercana al
Ejecutivo Municipal, fomentando desde está administración el nepotismo o
la creación de un clan familiar, en franca violación a la Ley no.
120-01 que instruye el Código de Ética del Servidor Público, en su
artículo 8 de las Prohibiciones Éticas de los Servidores Públicos en los
literales p) “promover y propiciar el nepotismo en las oficinas del
Estado, FAVORECIENDO Y PROTEGIENDO A PARIENTES, FAMILIARES, AMIGOS EN
LOS CARGOS Y NEGOCIOS DE LA INSTITUCIÓN” y la Constitución de la
República en su artículo no. 102 que reza “Serán Igualmente sancionadas
las personas que hayan proporcionado ventajas a sus asociados,
familiares, allegados, amigos o relacionados”.
Finalmente, solicitamos al Bloque de Regidores del PRM del Concejo de
Regidores del Ayuntamiento Municipal de Azua, abstenerse a realizar
dicha cancelación de un funcionario municipal al mismo tiempo actuar con
estricto apego a la Constitución, las Leyes y sobretodo la Ley
Municipal.
Atentamente,
LIC. YILTON SANTANA
Presidente
Comité Municipal Azua
Partido de la Liberación Dominicana
No hay comentarios:
Publicar un comentario